Un grupo de empresarios demandó la invasión de propiedad privada por la medición realizada.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales confirmó que realizará una nueva medición para definir la Zona Federal Marítimo Terrestre en Holbox, ante el conflicto legal que escaló hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el traslape con predios de propiedad privada.

En un comunicado, la dependencia informó que volverá a realizar la delimitación en las parcelas que se encuentran en conflicto, luego de que un grupo de empresarios demandara la invasión de propiedad privada por la medición realizada en 2013.

El caso ha provocado numerosos escándalos sobre el futuro de las playas en la Isla Holbox, el supuesto regalo de tierras y el destino del área de protección de Flora y Fauna Yum Balam, pues incluso se ha sugerido que la declaratoria de área protegida se encuentra en riesgo.

Sin embargo, aclaró que Holbox no perderá protección, pues se trata de un conflicto que involucra únicamente 2.5 hectáreas de playa y a seis particulares, sin que esto implique modificaciones en los estatus de área natural protegida que existe en la zona.

El origen del problema se remonta a 2013, cuando la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros (Zofematac) realizó la delimitación de la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) en Isla Grande, la zona no habitada de Holbox.

La Zofemat es la franja de 20 metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a la playa, según Ley General de Bienes Nacionales.

Bajo este criterio único de 20 metros contiguos, la dependencia federal hizo la emisión de la delimitación oficial con clave DDPIF/QROO/2013/04 para Isla Grande.

El 2 de mayo de 2016, la Semarnat publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo de destino a favor de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) de los 538 mil metros cuadrados que fueron delimitados como Zona Federal Marítimo Terrestre.

El Acuerdo de Destino deja a la Conanp como única administradora y operadora de la zona de playa para fines exclusivos de conservación, sin que se les pueda dar otro uso con fines comerciales.

No obstante, tres semanas después, el 26 de mayo de 2016, un grupo de seis empresarios ingresaron una demanda ante el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Cancún, a través de la cual denunciaron que la medición invadió parcelas que eran de propiedad privada, un total de 2.5 hectáreas de las 53.8 establecidas, según se registró en el expediente 767/2016.

Los interesados son los cuatro empresarios dueños de Península Maya Developments, Bernardo Guerra Treviño, Gilberto Pérez García, Mauricio Morales Sada, Humberto Garza Valdez y María Magdalena Meyer Guzmán.

En 2017 el juez tercero de Distrito concedió el amparo a los particulares contra los artículos 122 de la Ley General de Bienes Nacionales, por presuntamente violar sus derechos individuales.

Inconformes con la sentencia, las Cámaras de Diputados y Senadores, la Semarnat y la Oficina de la Presidencia de la República durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, interpusieron un recurso de revisión que recayó en el Primer Tribunal Colegiado de Vigésimo Séptimo Circuito, quien registró el asunto con el número de expediente 286/2018.

Sin embargo, el Tribunal consideró que no le correspondía resolver el recurso de revisión, toda vez que subsistía un problema de constitucionalidad respecto de leyes federales de las cuales no existía jurisprudencia del Pleno o las Salas de la Suprema Corte, por lo que el caso escaló hasta el máximo tribunal.

Tras una revisión y discusión, en julio de 2019 la SCJN dictó sentencia del caso y amparó a los seis particulares sobre la delimitación que invadió las parcelas 170, 171, 172, 173, 179, 180, 181, 182 y 188.

En la sentencia, la Corte expone que hubo un error en la medición realizada por la Semarnat, pues apunta que no podría estimarse que la Zona Federal Marítimo Terrestre se encuentra delimitada automáticamente, “como mera consecuencia inmediata de hechos naturales”, sino que se requiere necesariamente un deslinde.

En consecuencia, se ordenó a la Semarnat reponer el procedimiento y realizar la medición en presencia de particulares.

Polémica a nivel nacional por el último acuerdo de la Semarnat

En fechas recientes se desató una controversia en redes sociales, luego de que Semarnat publicó el pasado 1 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo que dejó insubsistente el acuerdo de destino de 2016 a favor de la Conanp.

Dicha publicación hacía referencia a los actos reclamados por la empresa “Desarrollos Inmobiliarios Xunaan”, en la que supuestamente labora la nuera del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por lo que se interpretó como un regalo del mandatario a la compañía.

En un comunicado emitido este lunes, la Semarnat indicó que, posterior a la medición, las diversas autoridades ambientales intervendrán de manera integral para velar por el respeto irrestricto del área de protección e iniciarán operativos y acciones para supervisar la aplicación del programa de manejo.

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