• Transportistas de Cozumel quisieron ampararse ante supuestos operativos de la Policía Municipal.

Propietarios de vehículos de transporte de pasajeros en Cozumel intentaron dar un “madruguete” legal a la Policía Municipal del gobierno que encabeza la alcaldesa Juanita Alonso.

Los dueños de los automotores que se usan para dar servicio a turistas trataron de obtener amparos contra supuestos operativos policiacos de revisión, detención y confiscación de unidades irregulares.

El salvoconducto legal se gestionó simultáneamente ante la justicia federal para blindar 72 vehículos ante la ejecución de la medida ordenada por el director de Seguridad Pública y Tránsito del municipio de Cozumel, Capitán de Corbeta Infantería de Marina Paracaidista, Luis Alberto Taylor González.

Las demandas de protección federal recayeron para su análisis legal ante el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Cancún, Quintana Roo, pero fueron todas desechadas al impugnarse “actos futuros de realización incierta”, en cuyo supuesto no prospera el juicio de garantías.

Para la jueza Elsa Patricia Espinosa Salas, que analizó la petición masiva de medidas cautelares, no basta el sustentar las demandas en “meras expectativas”, como afirmar que existe la posibilidad de las inspecciones a los vehículos citados.

Igualmente, tampoco se puede asegurar que del resultado de la presunta verificación se daría una posible confiscación de los mismos, sin que se prueben hechos o al menos se brinden indicios de actos de una actualización o materialización inminente.

Los quejosos gestionaron los juicios de garantías por separado, al asegurar que tenían conocimiento de la inspección ordenada en la que participarían otras autoridades.

En los antecedentes de los amparos, los demandantes sostuvieron que se “tiene un temor fundado a la detención, inspección y una posible confiscación” de los autos de su propiedad.

Parte de los argumentos de la jueza federal para desechar los amparos masivos, fue que los demandantes basaron su demanda en meras conjeturas, sin que sean hechos acreditados ni probados.

Asimismo, tampoco existe prueba alguna o indicios de que se estuvieran ejecutando actos, oficios, resoluciones, órdenes o diligencias, “con el que la parte quejosa estuviera resintiendo una afectación real y actual en su esfera jurídica”.

La juzgadora mencionó que los actos futuros e inciertos son aquellos sobre los cuales no existe certeza de su realización, y su existencia depende de lo que pudiera acontecer en el futuro, como se mostró en las expectativas de las partes quejosas.

Para que se otorguen las medidas cautelares, los actos por combatir deben producir una afectación real y actual, lo cual no acontece en ninguno de los amparos que reclamaron ante una supuesta orden de manera genérica.

Los propietarios de las unidades de transporte acudieron ante la justicia federal el 6 de octubre pasado, alegando una supuesta falta de justificación y de atribuciones legales de las autoridades.

“Sobre todo que es un acto prohibido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

En los antecedentes de los juicios de garantías se expuso que los demandantes fueron informados de la presunta inspección el 26 de septiembre del presente año.

“Tengo temor fundado de que las autoridades señaladas como responsables procedan a la inspección y confiscación del automotor del cual soy propietario”, insistieron en las 72 demandas.

Los quejosos dijeron que se vulnerarían sus derechos fundamentales, sin que estuvieran reunidas las formalidades legales ni que existiera una justificación legal.

La jueza insistió que la intranquilidad de los quejosos “es una mera expectativa de su parte”, la cual careció de elementos para presumir la ejecución sobre los vehículos que se pretenden defender.

Los juicios de garantías se interpusieron por 38 varones y 34 mujeres, de los cuales en algunos ya se comenzaron a interponer recursos legales de revisión contra el fallo en primera instancia.

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