La primera entidad en aprobar un permiso con goce de sueldo por problemas derivados de la menstruación fue Colima, en 2022. Luego, Hidalgo en 2023 y, a inicios de 2024, Nuevo León. Sin embargo, estas licencias laborales aplican sólo para menos del 5% de las mujeres y personas trabajadoras con capacidad de menstruar.
De acuerdo con la Primera encuesta nacional de gestión menstrual, de la Colectiva #MenstruaciónDignaMéxico, Unicef y la empresa de productos de higiene y salud Essity, en este país el 21% de las mujeres y personas con capacidad de menstruar ha tenido que faltar al trabajo o parar sus labores por los dolores y otros síntomas que sufren.
“La dismenorrea primaria es una queja común, ignorada, infradiagnosticada y tratada inadecuadamente tanto en mujeres jóvenes como adultas”, señala un reciente estudio publicado por el Centro Nacional de Información Biotecnológica de Estados Unidos (NCBI, por sus siglas en inglés).
“En particular, afecta negativamente la calidad de vida de las mujeres jóvenes y es la principal razón detrás de su ausentismo escolar o laboral”, indica el reporte Dismenorrea primaria: fisiopatología, diagnóstico y actualizaciones del tratamiento.
En Estados Unidos, indican las investigadoras y los investigadores del NCBI, esas inasistencias se traducen en una pérdida de 600 millones de horas al año y en 2,000 millones de dólares.
El estudio no señala qué parte de las bajas económicas asumen los centros laborales y cuánto es lo que pierden las mujeres y personas que menstrúan. Pero sí subraya que la dismenorrea es un trastorno común que ha sido tratado de manera inadecuada debido a “consideraciones que van desde secundarias hasta culturales”.
¿Cómo son los permisos laborales aprobados?
Los permisos para faltar al trabajo sin repercusiones en el salario o en la permanencia en el empleo aprobados en Colima, Hidalgo y Nuevo León protegen únicamente a las mujeres y personas menstruantes que trabajan para el estado, los ayuntamientos y los organismos descentralizados.
En Colima, apenas el 5% de las mujeres que tiene un trabajo o una actividad remunerada laboran para el gobierno, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Para el caso de Hidalgo es apenas el 4% y en Nuevo León son todavía menos: el 3 por ciento.
Quienes trabajan para la iniciativa privada aún no tienen esta protección, la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) aún es un pendiente. En las Comisiones del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados y del Senado se acumulan propuestas de casi todos los partidos políticos, pero en ambos recintos se han desestimado y, en algunos momentos, hasta se han rechazado.
Colima fue la primera entidad en legislar y crear un permiso menstrual en el ámbito de sus facultades. Los Congresos locales sólo pueden modificar las leyes de sus entidades, la LFT sólo puede ser reformada por el Congreso de la Unión.
El 9 de mayo de 2023, las diputadas y los diputados de aquel estado de la costa del pacífico aprobaron una adición al artículo 54 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del estado de Colima.
Establecieron que “las mujeres o personas menstruantes trabajadoras” con dismenorrea podrán contar un permiso con goce de sueldo de hasta dos días al mes. Para ello, deben presentar un certificado médico expedido por una institución pública de salud.
También modificaron la Ley de Educación para el Estado de Colima, donde se reconoce las ausencias por motivos de menstruación. Por ello, le instruye a los centros educativos a habilitar clases o exámenes virtuales para quienes no puedan acudir al aula o pedirles la entrega de trabajos de manera posterior.
El 24 de mayo de 2023, el Congreso de Hidalgo aprobó una licencia con goce de sueldo de hasta dos días, mediante una modificación al artículo 17 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los gobiernos estatal y municipales, así como de los Organismos Descentralizados.
Esta medida es parte del reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos, señaló en ese entonces el Congreso local en un comunicado. Con ello se resarce “una deuda histórica que tiene el Estado con los derechos laborales de las mujeres”.
Finalmente, el 5 de enero de 2024 fue publicada en el Periódico oficial una reforma con la que se adiciona el artículo 24 Bis 7 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León.
Ese nuevo ordenamiento indica que “a quienes se les diagnostique con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, podrán ausentarse hasta dos días, sustituyéndolos por trabajo a distancia, mediante el uso de las tecnologías de información y de la comunicación”.
Si su empleo no puede realizarse a distancia, “podrán dejar de laborar hasta por dos días, siempre y cuando lo justifiquen mediante prescripción médica” expedida por la institución de seguridad social del Gobierno del Estado o del Municipio o un consultorio particular. Estos permisos serán con goce de sueldo.